05/11/2021
Se aprobó por mayoría en el Concejo Deliberante local, el proyecto de modificación y actualización del Código de Convivencia, tras varios cruces entre oficialismo y oposición. ¿Cuáles son las nuevas faltas incorporadas que hay que conocer?
(LA PLATA - 04/11/2021) El Proyecto de Código de Convivencia aprobado tiene, según el oficialismo, el objetivo de “modificar y actualizar la norma contravencional vigente sancionada en el año 1985” y, como finalidad principal, “preservar el espacio público como patrimonio comunitario”.
Para tal fin, la nueva norma propone 4 ejes: el respeto social, el cuidado del medio ambiente, la protección animal y la salubridad pública.
Las nuevas incorporaciones que entrarán en vigencia en seis meses son:
- Quema de neumáticos: para quien incinerare neumáticos, objetos plásticos u otros que por su composición produzcan gases tóxicos, la multa será de de $17.000 a $700.000
- Ruidos molestos: Particulares que estimulen o provoquen ruidos molestos, cualquiera sea su origen, fuentes móviles o fijas, provocados por automóviles o equipos de sonido, perturbando la tranquilidad o reposo de la población, percibirán multas de hasta $263.000. Los titulares o conductores que posean y/o circulen e vehículos con equipos de sonido modificados, conocidos como audio Car o similares, serán multados con hasta $350.000
- Manifestaciones: Las manifestaciones y/o movilizaciones deberán procurar no impedir el normal desarrollo del tránsito vehicular de la ciudad. Queda expresamente prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público. Serán sancionadas con multas de hasta $351.000.
- UPD (ULTIMO PRIMER DÍA): Serán sancionados con multa (de $17.000 a $210.000) y/o trabajo comunitario durante un máximo de 60 días, los padres, tutores o guardadores de menores de edad, por los daños que éstos causaren en el espacio público municipal, con motivo de los festejos de inicio o finalización del año lectivo o en el contexto escolar.
También se incluyen sanciones a quienes no respeten los espacios libres de humo; al consumo y ofrecimiento de servicios sexuales en espacio público no autorizado; el acoso callejero; maltrato animal; venta ilegal; entre otros.
Asimismo, la norma define entre faltas y sanciones, y considera:
FALTAS GRAVES: aquellas que atenten contra las normas de protección del ambiente, la salubridad pública, así como las que impliquen cualquier tipo de violencia hacia los animales.
SANCIONES: incorporar el trabajo comunitario como sanción, entendiéndose por este: a la prestación de trabajos o servicios personales no remunerados de limpieza, conservación, restauración, ornamentación, o a fines, a favor de instituciones públicas municipales, educativas o asistenciales ubicadas dentro del ejido.
SANCIONES ACCESORIAS: se incorporan talleres o cursos temáticos de convivencia ciudadana, a saber: tendrán como finalidad la concientización y reeducación en las materias objeto del presente tales como seguridad vial, género, protección del ambiente, cuidado del espacio público y convivencia con animales
Fuente: INFOPLATENSE
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