11/10/2021
La ordenanza que impulsa el oficialismo impone duras multas para actividades que se registran a diario y están relacionadas con situación social y económica.
(LA PLATA - 11/10/2021)
El Código de Convivencia que se debate en el Concejo Deliberante y sería aprobado en la sesión del miércoles 3 de noviembre tiene en su frondoso articulado capítulo que encierran duras polémica debido a que se sancionan con duras multas distintas actividades que actualmente se dan de hecho y están relacionadas con la crítica situación social y económica que atraviesan muchos habitantes. Así se imponen sanciones sobre actividades como la que llevan adelante los limpiavidrios, cuidacoches y cartonero; sobre la venta ambulante y sobre la protesta callejera.
Como ya informó 0221.com.ar, se trata de una ordenanza madre que unifica contravenciones contempladas en otras ordenanzas y suma otras, contemplando duras sanciones que podrían ir de multas e inhabilitaciones hasta la realización de trabajos comunitarios o cursos de capacitación. El grueso de violaciones al código incluye diferente tipo de faltas, relacionadas con la vida cotidiana, el transporte público, la quema de neumáticos, la salubridad, la venta callejera, el Último Prime Día, el maltrato animal, la oferta de servicios sexuales en espacios "no autorizados" o el acoso callejero.
Y contempla sanciones que pueden llegar hasta cerca del millón de pesos según cuál sea la falta. Pero en algunos casos también prevé la realización de tareas o servicios personales no remunerados de limpieza, conservación, restauración, ornamentación o afines, a favor de instituciones públicas municipales, educativas o asistenciales ubicadas dentro del ejido; al tiempo que también se incorporarán talleres o cursos temáticos de convivencia ciudadana con el fin de concientizar y reeducar en materia de seguridad vial, género, protección del ambiente, cuidado del espacio público y convivencia con animales.
LAS POLÉMICAS
Una de las polémicas que generó el debate del código fueron las sanciones previstas para la venta ambulante. Está caracterizada como "venta ilegal" y apunta a quienes comercialicen mercadería sin permiso, inscripción o comunicación exigibles, así como de aquella cuya comercialización fuere prohibida, quienes serán sancionadas con multa de entre $7.000 a $700.000.
No es lo único. También multa a la ocupación de la vía pública con mercadería. Quienes lo hagan podrán ser infraccionados hasta con $527.250. En tanto que también se explicita que el ofrecimiento a viva voz o con adminículos sonoros de cualquier producto, será sancionado con multa de hasta $351.500.
Y quien vendiere de manera ambulante en el espacio público, cualquier producto sin importar la naturaleza, excepto los autorizados específicamente, conforme lo dispuesto en las ordenanzas vigentes en la materia, será sancionado con multa de $52 mil y $527 mil, procediéndose al decomiso de la mercadería en el mismo momento de verificada la infracción.
Limpiavidrios y cuidacoches que ofrecen sus servicios para lavar autos en la vía pública también son objeto del nuevo Código de Convivencia.
Al menos dos artículos refieren a ellos: uno, el 214º apunta a quien "ofreciera cualquier servicio, a excepción del regulado por el artículo 215 (que es el que remite a la oferta sexual), a quien se encuentre en el interior de vehículos, cuando estos se detengan en los semáforos, que pudieren poner en peligro su propia integridad física o afectaren al tráfico en la vía pública". No los menciona pero podría considerarse alcanzado por ese punto quienes limpian vidrios o realizan malabares, quienes podrían ser sancionados con una multa de 50 a 1000 módulos, es decir de $7.500 a $350.000.
En tanto que el lavado de autos que realizan los cuidacoches podría aparecer sancionado en el artículo 115º, que sostiene que "quien lavare automóviles ajenos de forma onerosa, en la vía pública, será sancionado con multa de 50 a 300 módulos", es decir entre $7.500 y $105.000.
Varios artículos condicionan la protesta social y también fueron objeto de polémica. Se prevén sanciones "a quien incinerare neumáticos u otros objetos que produzcan gases tóxicos". La actualización del Código incorpora la multa de $17.000 a $700.000 y de hasta $700.000 cuando dicha conducta fuera desplegada por partidos políticos, asociaciones gremiales o civiles, organizaciones no gubernamentales o agrupación de personas; así como la clausura y/o inhabilitación del lugar en el que se origine.
Del mismo modo, habrá multas de hasta $263.000 para quienes estimulen o provoquen ruidos molestos perturbando la tranquilidad o reposo de la población y de hasta $350 mil para titulares o conductores de vehículos que circulen con equipos de sonido modificados entre las 22 y las 6 horas.
De todos modos, la Municipalidad plantea que el código propone una búsqueda de un "equilibrio entre el derecho a manifestar y el derecho a circular", por eso señala que las manifestaciones y/o movilizaciones no deberán impedir el normal desarrollo del tránsito vehicular de la ciudad, quedando prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación y que, de hacerlo, serán sancionadas con multas de hasta $350.000.
"Las manifestaciones y/o movilizaciones deberán procurar no impedir el normal desarrollo del tránsito vehicular de la ciudad. En caso de que en razón de la cantidad de personas participantes sea necesario la utilización de la calzada, la misma deberá ser ocupada acorde a la dimensión de la manifestación y permitiéndose la libre circulación por los carriles restantes", dice textualmente el nuevo proyecto.
Y agrega que "queda expresamente prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público. El Departamento Ejecutivo podrá habilitar una excepción a este supuesto, en los casos de manifestaciones multitudinarias en las cuales no sea posible otra alternativa"
Fuente: 0221.com
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