07/07/2026
El municipio modificó la Ordenanza Tarifaria 2026 para corregir rubros omitidos, aclarar el cobro a estructuras de telecomunicaciones y ordenar beneficios ligados a proyectos ambientales y actividades culturales.
La Municipalidad de Luján de Cuyo ajustó parte de su Ordenanza Tarifaria 2026 mediante una norma publicada este martes en el Boletín Oficial de Mendoza. La medida apunta a corregir omisiones y precisar artículos vinculados con tasas municipales, antenas, proyectos inmobiliarios con áreas protegidas y beneficios para actividades culturales.
La modificación quedó formalizada a través de la Ordenanza 15214, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 4 de junio de 2026 y publicada en la edición N° 32630 del Boletín Oficial. Según el texto oficial, la corrección no crea nuevos tributos, sino que incorpora rubros que no habían sido incluidos en la planilla correspondiente y aclara puntos de redacción de la norma tarifaria vigente.
Uno de los cambios centrales es la incorporación de los rubros ubicados entre los órdenes 155 al 162 y 225 dentro de la planilla anexa de Derechos de Inspección y Control de Seguridad, Higiene y Salubridad para comercios, industrias y actividades civiles. El municipio señaló que esos ítems habían quedado fuera de la ordenanza original por una omisión en la documentación.
La norma también modifica el artículo referido a las estructuras de soporte para antenas. En el caso de aquellas destinadas a sistemas de telecomunicaciones que brinden acceso a internet, la tasa anual quedó fijada en 6.000 unidades tributarias (UT) por cada estructura. El cambio busca aclarar una diferencia detectada entre la cifra expresada en números y su redacción en letras.
Otro punto incorporado es el artículo 41 Bis, que introduce un criterio específico para proyectos inmobiliarios que incluyan zonas de conservación dentro de su master plan. En esos casos, la Oficina de Ordenamiento Territorial podrá considerar determinadas fracciones como Parcelas afectadas a Reserva Ambiental Intangible, de acuerdo con la normativa municipal vigente.
Esas parcelas deberán mantener su destino de conservación y no podrán ser subdivididas ni utilizadas para fines distintos a los previstos. Además, los padrones involucrados podrán quedar eximidos del pago de tasas si el proponente lo solicita y si antes intervienen las áreas técnicas de Ordenamiento Territorial y Catastro. La decisión final, de todos modos, deberá contar con autorización expresa de la Secretaría de Hacienda y Economía.
La ordenanza también retoca el esquema de incentivos para la actividad cultural en Luján de Cuyo. El Departamento Ejecutivo quedó autorizado a promover eventos musicales, artísticos, culturales, deportivos o de alcance similar mediante acuerdos entre el sector público y privado, con la posibilidad de eximir total o parcialmente tasas y derechos de comercio.
Para acceder a ese beneficio, los comerciantes, empresarios, productores o promotores deberán cumplir con los requisitos exigidos para cada tipo de evento y contar con informe favorable de la Agencia de Promoción Cultural de Luján de Cuyo. Igual que en el caso de las reservas ambientales, la eximición dependerá de una autorización de la Secretaría de Hacienda y Economía.
La ordenanza fue aprobada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante de Luján de Cuyo y lleva las firmas de Andrés Ernesto Sconfienza, presidente del HCD, y Mariano Ogando, secretario del cuerpo.
Por: Federico Lemos
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